Law Blog

INMIGRACIÓN: PROGRAMA TN-2 (MEXICANOS)

En 1992, el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) entre los EEUU, Canadá y México creó una clasificación especial de no-inmigrante, el programa TN. El programa TN-2 de no-inmigrante fue creado para los ciudadanos mexicanos que acuden temporalmente los EEUU para participar en «actividades comerciales a nivel profesional», y exclusivamente se les aplica a ellos.

En concreto, la clasificación TN-2 está disponible sólo para los ciudadanos mexicanos que tengan la intención de trabajar en los EEUU en ciertas profesiones predefinidas. La lista de las profesiones aprobadas del TLCAN incluye, pero no se limita a, contadores, ingenieros, abogados, farmacéuticos, científicos y profesores.

Uno de los principales beneficios de la clasificación TN-2 es la rapidez en el tiempo de procesamiento. La solicitud de una visa TN-2 se puede hacer directamente con la embajada o consulado. El empresario patrocinador no tiene que presentar previamente una petición por separado en los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos como sí se requiere en otras visas de no-inmigrantes, tales como H-1B y L-1. Otros beneficios importantes de la clasificación TN-2 son: no existe un cupo anual y no hay limitación en cuánto al tiempo que una persona pueda permanecer en los EEUU con el TN-2. Se puede emitir un número indefinido de clasificaciones TN-2 en un año determinado.

El status de TN-2 puede ser aprobado por un período inicial de tres años y podrá prorrogarse en incrementos de tres años en un período indefinido de tiempo.

Sin embargo, una vez en el status TN, el candidato debe mantener una residencia en el extranjero y la intención de volver a dicha residencia cuando termine el período de estancia autorizado.

Una estancia prolongada en los EEUU bajo el status TN-2 puede dar lugar a presuponer que el individuo tiene la intención de permanecer en los EEUU como un «inmigrante» intencionado y podría concluir con la negación de futuras solicitudes para prórrogas de estancia de la TN-2. Los cónyuges e hijos de trabajadores con clasificaciones TN-2 son elegibles para obtener visas TD (“comercio dependiente”), de manera que podrían acompañar al titular principal de la visa TN-2 durante la duración de su estancia en los Estados Unidos. Los titulares de la visa TD no están autorizados a trabajar en los Estados Unidos, pero los cónyuges en el status TD, si son elegibles, pueden calificar de forma independiente para el status TN-2 u otra condición de visa de no-inmigrante.

Para más información sobre visas de inmigración para personas de negocios o trabajadores, por favor revise los numerosos artículos publicados por los abogados de inmigración de HLA aquí:

Jeff Harrington, Esq.

Cool Door_open_091414